COMISIÓN DE HACIENDA
I N F O R M E
Señores Representantes:
Vuestra comisión asesora ha estudiado el presente proyecto de ley, por el cual se habilita al Banco Central del Uruguay a la acuñación de monedas de $ 1 (un peso uruguayo) y $ 2 (dos pesos uruguayos), de acuerdo con la Ley Nº 16.696, de 30 de marzo de 1995, en la redacción dada por la Ley Nº 18.401, de 24 de octubre de 2008 (Ley Orgánica del Banco Central del Uruguay).
El motivo radica en que ya se ha acuñado la totalidad de las partidas autorizadas para las monedas de $ 1 (un peso uruguayo) y $ 2 (dos pesos uruguayos), por la Ley Nº 18.135, de 11 de junio de 2007, y del análisis circulante y la evolución de stock, se entiende pertinente solicitar la aprobación del presente proyecto de ley.
Por lo expuesto, recomendamos la aprobación del proyecto de ley que se informa.
Sala de la Comisión, 7 de marzo de 2018
BETTIANA DÍAZ
MIEMBRO INFORMANTE
ALFREDO ASTI
SONIA CAYETANO
BENJAMÍN IRAZÁBAL
OMAR LAFLUF
GUSTAVO PENADÉS
IVÁN POSADA
JUAN CARLOS RAMOS
CONRADO RODRÍGUEZ
ALEJANDRO SÁNCHEZ |