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DIRECTORIO - RESOLUCION Nº: D-30-2019

Montevideo, 20 de febrero de 2019
 

VISTO: la acuñación de monedas de plata con valor facial $ 1.000 (pesos uruguayos un mil) conmemorativas de los cien años del fallecimiento de José Enrique Rodó, del centenario de la creación del tango “La Cumparsita” y del bicentenario de la fundación de la Armada Nacional.

RESULTANDO: que los artículos 4 de las Leyes N° 19.486 de 7 de abril de 2017, N° 19.496 de 16 de junio de 2017 y N° 19.597 de 16 de marzo de 2018 facultaron al Banco Central del Uruguay a disponer la desmonetización de las monedas cuya acuñación se autorizó por las referidas Leyes, así como la posterior enajenación de las piezas desmonetizadas.

CONSIDERANDO: que en sesión N° 3249 de 18 de febrero de 2016 se dispuso que, en forma previa a la puesta en circulación de las monedas conmemorativas que se acuñen, debe procederse a su desmonetización en óptimas condiciones de conservación, a efectos de resguardar su valor como piezas numismáticas.

ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 19.486 de 7 de abril de 2017, al artículo 4 de la Ley N° 19.496 de 16 de junio de 2017 y al artículo 4 de la Ley N° 19.597 de 16 de marzo de 2018, a lo informado por la Secretaria General el 14 de febrero de 2019 y demás antecedentes que lucen en el expediente N° 2018-50-1-0314,

SE RESUELVE:
1) Disponer la desmonetización de la totalidad de las monedas de plata con valor facial $ 1.000 (pesos uruguayos un mil) conmemorativas de los cien años del fallecimiento de José Enrique Rodó, del centenario de la creación del tango “La Cumparsita” y del bicentenario de la fundación de la Armada Nacional.

2) Establecer que cada una de las monedas desmonetizadas en el numeral 1) se enajenarán, una vez efectuadas las respectivas presentaciones públicas.

3) Dar la más amplia difusión de lo dispuesto precedentemente.

Acta Nº 3408
Expediente Nº 2018-50-1-0314

Elizabeth Oria
Secretaria General

 

 
 
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