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NOTAS CONSULTIVAS SOBRE FORMA DE PAGO

de la acuñación de monedas de níquel
 

Banco de la República Oriental del Uruguay.

Montevideo, 27 de Abril de 1901.

Excmo. Señor Ministro de Hacienda, doctor don Anacleto Dufort y Alvarez.

Excmo. Señor:

Creemos de nuestro deber hacer notar a V. E. a objeto de prevenir nuevos retardos para pactar modificaciones con la firma Aaron Kirsch, la diferencia que resulta entre la forma de pago establecida por éste y la que establece el decreto aprobatorio de fecha de ayer.

Efectivamente, éste fija que "los pagos se harán contra entregas en esta capital, de la moneda de níquel", mientras los proponentes exigen que el pago se hará contra documentos por una casa de banca en Berlín.

Sometido el punto a V. E. sólo me resta saludarle con mi más alta estima y consideración.

DONALDO MAC-EACHEN.
Alfredo Arocena,
Secretario.


Ministerio de Hacienda.

Montevideo, 27 de Abril de 1901.

Dígase en contestación que el Gobierno no tiene inconveniente en aceptar la forma de pago propuesta por la casa Aaron Hirsch, siempre que el Banco tome todas las medidas conducentes a garantir los intereses del Estado, y el fiel cumplimiento del contrato, y pase a la Contaduría General.

CUESTAS.
A. Dufort y Alvarez.

 

 
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